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No proliferación de armas nucleares, Tratado sobre la (1968) Este tratado prohíbe a los cinco países que tenían armas nucleares en 1967 (China, Francia, Gran Bretaña, la Unión Soviética (ahora Rusia) y los Estados Unidos) de dárselas a otros países, y prohíbe a todos los demás países que se adhieran al tratado de adquirirlos. Todos los países con actividades nucleares importantes se han sumado, excepto India, Israel y Pakistán.

El tratado requiere la inspección de actividades nucleares importantes en todos los países miembros, excepto los cinco que tenían armas en 1967. También se ha convertido en la piedra angular de la cooperación internacional (no siempre eficaz) para prevenir la exportación de materiales relacionados con la energía nuclear para su uso en países como como India, Israel y Pakistán. Por último, constituye la base de los esfuerzos internacionales del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de grupos ad hoc de países para evitar que terroristas o miembros de tratados como Irak y Corea del Norte adquieran armas nucleares.

El tratado ha creado tres normas internacionales cada vez mayores: ningún país debería obtener armas nucleares; los cinco que tenían armas nucleares en 1967 deberían negociar acuerdos para dejar de mejorarlas y producirlas y, en última instancia, deshacerse de ellas; y los cinco no deben usar sus armas nucleares contra ningún miembro sin tales armas a menos que ese miembro los ataque con la ayuda de un país que tenga armas nucleares.

El tratado ayudó a implementar la primera norma en Argentina, Australia, Brasil, Irak, Kazajstán, Corea del Norte, Sudáfrica, Corea del Sur, Suecia, Suiza, Taiwán y Ucrania. Cada uno de estos países poseyó alguna vez armas nucleares o había comenzado a explorar cómo fabricarlas. Cada uno los abandonó. En el caso de Corea del Norte, es posible que la norma aún no sea completamente efectiva, pero las inspecciones y negociaciones internacionales continúan. En los casos de India y Pakistán, que se negaron a unirse al tratado y probaron explosivos nucleares en 1998, la norma fracasó. Israel también se negó a unirse al tratado y se cree que tiene armas nucleares, aunque no las ha probado ni declarado que las tiene. En los tres casos, los esfuerzos internacionales para lograr el cumplimiento no han terminado.

La segunda norma, las negociaciones sobre armas nucleares, ha tenido más efecto de lo que muchos creen. En las conferencias de revisión del tratado cada cinco años a partir de 1975, los miembros que no tienen armas nucleares han presionado con fuerza para que se pongan fin a todas las pruebas de armas nucleares y para que se tomen nuevas medidas, particularmente de Rusia y Estados Unidos, para reducir sus armas nucleares. Como resultado, se dio un impulso a los Tratados START para reducir los misiles nucleares de largo alcance estadounidenses y rusos. En una conferencia en 1995, los cinco lograron un amplio acuerdo para que el tratado fuera permanente, pero tuvieron que prometer lograr un Tratado de Prohibición Completa de Ensayos para 1996 y acordar que el objetivo de la obligación de negociaciones nucleares era “eliminar” las armas nucleares. A finales de 1996 se firmó un Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, pero hasta ahora no se han negociado nuevos recortes en las armas nucleares de largo alcance más allá de los Tratados START. Se espera que las futuras conferencias de revisión presionen a los cinco para que vayan más allá.

La tercera norma resultó de las demandas de los miembros sin armas nucleares de que, si continuaban abjurando de ellos, los cinco debían prometer que no usarían tales armas contra ellos. Cada uno de los cinco ha hecho esa promesa, aunque todos menos China dicen que conservan el derecho de responder con armas nucleares a un ataque de un miembro que no tenga tales armas si es asistido por una nación que sí las tiene.

El tratado ha ido más allá de la idea original de Estados Unidos de prevenir la propagación de armas nucleares a otros países, llegando a simbolizar, más bien, una determinación internacional de librar al mundo de las armas nucleares.
[Véase también Control de armamentos y desarme: carrera de armamentos nucleares; Guerra Fría: curso externo.]

Bibliografía

Glenn T. Seaborg con Benjamin S. Loeb, Stemming the Tide: Arms Control in the Johnson Years, 1987.
George Bunn, Control de armas por comité: Gestión de negociaciones con los rusos, Cap. 4 y 5, 1992.
Rebecca Johnson, Prórroga indefinida del Tratado de No Proliferación: Riesgos y Reconocimientos, Acrónimo No. 7, 1995.

George Bunn