Ley de libertad religiosa de los indios americanos

Ley de libertad religiosa de los indios americanos. Aprobada en 1978 por ambas cámaras del Congreso, la Ley de Libertad Religiosa de los Indios Americanos (AIRFA), reconoció el "derecho inherente" de los ciudadanos estadounidenses a la libertad religiosa; admitió que en el pasado el gobierno de Estados Unidos no había protegido la libertad religiosa de los indígenas estadounidenses; proclamó el papel "indispensable e insustituible" de la religión "como parte integral de la vida india"; y exhortó a las agencias gubernamentales a "proteger y preservar para los indígenas americanos su derecho inherente a la libertad de creer, expresar y ejercer las religiones tradicionales". La resolución se refirió específicamente al acceso de los indígenas a los sitios sagrados, el uso de recursos naturales normalmente protegidos por las leyes de conservación y la participación en ceremonias indígenas tradicionales.

AIRFA se promulgó en un momento de máxima preocupación federal por los indígenas estadounidenses, un momento en el que los políticos estadounidenses estaban reconociendo la validez de los reclamos indígenas sobre la tierra y la soberanía y reconociendo la historia del maltrato estadounidense a las tribus indígenas. Los progresistas, que veían al gobierno como un instrumento para ayudar a los desfavorecidos, aprobaron la AIRFA como medida correctiva.

Los observadores han señalado que AIRFA se interpretó de manera demasiado amplia y, por lo tanto, "no tenía dientes", y varios casos judiciales parecían confirmar esta evaluación. En un caso de California, Lyng v. Asociación de protección del cementerio indio del noroeste (1988), la Corte Suprema dictaminó que la "práctica de la religión" de las tribus indígenas no se pondría en peligro al construir una carretera a través de tierras públicas densamente boscosas utilizadas para la búsqueda de visiones. Además, AIRFA no protegió los sitios sagrados Navajo Chimney Rock y Rainbow Arch en Utah de los barcos turísticos perturbadores, el sitio sagrado Hopi San Francisco Peaks en Arizona de la construcción de estaciones de esquí, o el sitio sagrado Apache Mount Graham en Arizona de un Observatorio Astronomico. En un caso de Oregon, División de Empleo v. Smith (1990), la Corte Suprema dictaminó que las religiones minoritarias como la Iglesia Nativa Americana, la religión del peyote, no pueden esperar protección especial de las leyes generales, por ejemplo, contra sustancias controladas, aprobadas por los estados, y los estados no tienen que defender sus derechos. necesidad de tales leyes, incluso cuando infringen las prácticas religiosas indias. Siguiendo lo impopular Herrero decisión, varios estados promulgaron exenciones legislativas para el uso del peyote. En 1993, el Congreso trató de revocar Herrero al aprobar la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa, pero la Corte Suprema derogó la ley en 1997, diciendo que el Congreso carece de autoridad para participar en una revisión judicial.

A pesar de los fracasos, AIRFA alentó a las tribus indígenas a presionar por sus prerrogativas religiosas, por ejemplo, en Bighorn Medicine Wheel y Devils Tower, Wyoming, en ambos casos solicitando la ayuda de agencias federales para la protección de las prácticas religiosas indígenas en tierras públicas. Cuando las tribus Coast Salish cosecharon cedros en tierras públicas para llevar a cabo su Paddle to Seattle (1989) y cuando la tribu Makah llevó a cabo su histórica caza de ballenas (1999), citaron a AIRFA como inspiración para sus actividades de restauración cultural. La AIRFA condujo también a la aprobación de otras resoluciones más efectivas, como la Ley del Museo Nacional de los Indios Americanos (1989), la Ley de Protección y Repatriación de Tumbas de los Nativos Americanos (1990), la Ley de Idiomas Nativos Americanos (1992) y la Ley del Presidente La Orden Ejecutiva No. 13007 (1996) de William Clinton, que tiene como objetivo proteger las prácticas religiosas de los nativos americanos en tierras públicas ordenando a las agencias federales, incluida la Oficina de Administración de Tierras, el Servicio Forestal de EE. UU. Y el Servicio de Parques Nacionales, que consulten a los indios en el gestión de sus lugares sagrados.

Bibliografía

Gulliford, Andrew. Objetos sagrados y lugares sagrados: preservando las tradiciones tribales. Boulder: Prensa de la Universidad de Colorado, 2000.

Vecsey, Christopher, ed. Manual de Libertad Religiosa Indígena Estadounidense. Nueva York: Crossroad Publishing, 1991.

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