En 1906, la Junta Escolar de San Francisco segregó a los estudiantes japoneses de la ciudad en una escuela donde los estudiantes chinos ya habían sido segregados. Profundamente insultados, los diplomáticos japoneses presionaron al presidente Theodore Roosevelt para que interviniera. Roosevelt llamó al alcalde de San Francisco y a la Junta Escolar a Washington y negoció con los japoneses para restringir la inmigración a los Estados Unidos a cambio de la eliminación de la segregación de las escuelas de San Francisco. Este entendimiento diplomático entre Estados Unidos y Japón se conoció como el "Acuerdo de Caballeros".
Roosevelt anunció las restricciones de inmigración del Acuerdo en la Orden Ejecutiva 589. Consciente de las violentas actitudes antijaponesas que se mantienen en San Francisco y otros lugares, Roosevelt enmarcó su declaración en la creencia de que la mano de obra extranjera barata socava las perspectivas de los trabajadores nativos. Los trabajadores de Japón (y Corea, que Estados Unidos reconoció como parte de Japón en ese momento) ya no podían ingresar a Estados Unidos y sus territorios.
Si bien prohibía la inmigración de nuevos trabajadores japoneses, el Acuerdo de Caballeros permitía a los japoneses que ya estaban en Estados Unidos traer a sus padres, esposas e hijos al país. Muchas mujeres japonesas y coreanas utilizaron esta disposición para emigrar a los Estados Unidos como "novias de imagen", casándose con hombres japoneses inmigrantes que conocían sólo mediante un intercambio de fotografías. Estos matrimonios ayudaron a los inmigrantes japoneses a establecer una proporción de género equitativa en sus comunidades. Las tasas de natalidad constantes y una fuerte tradición de unidad familiar significaron que las comunidades de inmigrantes japoneses bajo el Acuerdo disfrutaron de un crecimiento en la población previamente incomparable con otros grupos de inmigrantes asiáticos. Aún temerosos de una creciente "amenaza amarilla" en medio, los nativistas estadounidenses cortaron efectivamente toda la inmigración japonesa con la Ley de Inmigración de 1924.
Mark D.Baumann,
New York University
Véase también Estadounidenses de origen asiático; ; Japoneses americanos; Americanos coreanos; .
Considerando que, por la ley titulada "Una ley para regular la inmigración de extranjeros a los Estados Unidos", aprobada el 20 de febrero de 1907, siempre que el presidente esté convencido de que los pasaportes emitidos por cualquier gobierno extranjero a sus ciudadanos para ir a cualquier país que no sea el Estados Unidos o cualquier posesión insular de los Estados Unidos o de la Zona del Canal, se utilicen con el propósito de permitir que los titulares lleguen al territorio continental de los Estados Unidos en detrimento de las condiciones laborales en el mismo, se hace el deber del Presidente de negarse a permitir que los ciudadanos del país que expiden dichos pasaportes entren al territorio continental de los Estados Unidos desde dicho país o desde dicha posesión insular o desde la Zona del Canal;
Y Considerando que, con suficiente evidencia presentada ante mí por el Departamento de Comercio y Trabajo, estoy satisfecho de que los pasaportes emitidos por el Gobierno de Japón a ciudadanos de ese país o de Corea y que sean trabajadores, calificados o no calificados, para ir a México, a Canadá y Hawai, están siendo utilizados con el propósito de permitir que sus titulares vengan al territorio continental de los Estados Unidos en detrimento de las condiciones laborales allí;
Por la presente ordeno que a los ciudadanos de Japón o Corea, a saber: trabajadores japoneses o coreanos, calificados y no calificados, que hayan recibido pasaportes para ir a México, Canadá o Hawai, y vengan de allí, se les niegue el permiso para ingresar al territorio continental de los Estados Unidos.
Se ordena además que el Secretario de Comercio y Trabajo sea, y por la presente se le ordena tomar, a través de la Oficina de Inmigración y Naturalización, tales medidas y hacer y hacer cumplir las reglas y regulaciones que sean necesarias para que esta orden entre en vigencia. .
Theodore Roosevelt
La casa Blanca,
Marzo
No. 589
FUENTE: Informe del Comisionado General de Inmigración 1908.